Tu Renta 2020 tras el ERTE

Sabemos que uno de los mayores temores para trabajadores afectados por un ERTE es la declaración de la renta. Si estás en esa situación y necesitas hacer la declaración de la renta en 2021 debes tener en cuenta múltiples aspectos como si has rescatado un plan de pensiones, si has percibido algún tipo de ayuda, si te han pagado una indemnización por despido, si eres beneficiario de la ayuda para guardería o ayudas a la maternidad, si has tenido varios pagadores…

Te ponemos un ejemplo: ¿sabías que si has rescatado un plan de Pensiones debes declararlo como rendimiento del trabajo? 

Si quieres consultar tu caso en particular, pregúntanos y te respondemos en 48 horas. 

Para aquellos trabajadores que hayan estado en ERTE y que hayan obtenido ingresos del trabajo superiores a 14.000 euros con dos pagadores (empresa y SEPE por el ERTE), es importante prepararse para la campaña de Renta 2020, porque esta vez van a tener que realizar la declaración y posiblemente salga a ingresar, aunque no en todos los casos. Dentro de lo malo, la Agencia Tributaria ha publicado a través del BOE la aprobación del fraccionamiento del pago del IRPF en seis meses para los trabajadores afectados por un Expediente de Regulación de Empleo Temporal.   

Muchas son las consultas que llegan sobre la Renta 2020 en este aspecto y es por eso que queremos ofrecerte el mejor servicio para resolver tus dudas lo más rápido posible y con la mayor seguridad.  

Como se sabe, los trabajadores que cobran menos de 22.000 euros al año no tienen la obligación de hacer la declaración de la Renta 2020. La cosa cambia cuando se tiene dos pagadores, donde el límite baja a los 14.000 euros si el segundo pagador te ha abonado más de 1.500 €.  

Esta casuística que se va a presentar a muchos trabajadores en la Renta del 2020 viene recogida en el artículo 96 de la Ley del IRPF. Sobre todo, se estima que al ser la hostelería y el comercio los sectores más afectados por los ERTES y cuyos salarios son inferiores a 22.000 euros, serán aquellos donde se encuadren más trabajadores que hasta ahora no estaban obligados a realizar su declaración pero que sí deberán hacerla para el año 2020. 

En total, se espera que la Declaración de la Renta 2020, que se tendrá que realizar entre los meses de abril y julio de 2021, afecte a más de 3 millones de trabajadores debido a la situación de la COVID-19 

¿Solo por tener dos pagadores a la hora de realizar la renta 2020 me va a salir a pagar?

No. Si ambos pagadores te han retenido el IRPF en tus nóminas correctamente no tienes por qué pagar ninguna deuda al fisco. El problema radica en que el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) normalmente al realizar sus pagos suele aplicar por defecto una retención muy baja. De aquí la importancia de solicitar al SEPE que apliquen un IPRF alto al solicitar la prestación.

He estado en ERTE ¿por qué puede salir a pagar?

Normalmente ocurre cuando el segundo pagador, en este caso el SEPE, aplica una retención como si no hubiera un primer pagador, realizando una retención menor a la debida. Es decir, no se produce una retención correcta entre primer y segundo pagador. Según el Registro de Economistas Fiscales (REAF) hay que tener en cuenta que “los pagos del SEPE no han sido objeto de retención, o si ha habido, ha sido mínima”. 

Si he estado en ERTE ¿puedo fraccionar el pago del IRPF?

Efectivamente. Se puede fraccionar en 6 meses. El 7 de abril de 2021 sale publicada en el BOE la Orden HACH/320/2021 que establece un fraccionamiento extraordinario para el pago de la deuda tributaria derivada de la declaración del IRPF durante el año 2020 de aquellas prestaciones vinculadas a ERTE. Más información sobre condiciones y requisitos del fraccionamiento del pago.

He tenido dos pagadores ¿tengo obligación de hacer la declaración de la renta 2020?

Solo si los ingresos anuales totales superan los 14.000 € y se ha percibido más de 1.500 € por parte del segundo pagador. Esta es una de las dudas más presentadas y más fáciles de resolver, pues viene recogida en la normativa. Para un solo pagador, estarán exentas las personas que ingresen menos de 22.000 € al año (20.000 en País Vasco). Para dos pagadores, el límite baja hasta los 14.000 €.

He cobrado más de 1.500 euros por parte del SEPE durante el ERTE ¿Tengo que declarar en la renta 2020?

Sí, esta es una de las novedades que ha traído, lamentablemente, la pandemia ocasionada por la COVID-19. Si el segundo pagador realiza un abono de más de 1.500 euros y se superan los 14.000 euros entre primer y segundo pagador, los trabajadores que normalmente no tenían la obligación de hacer la declaración de la renta, van a tener que hacerla por el hecho de haber entrado en un ERTE.  

He rescatado un plan de pensiones, ¿tengo que realizar la declaración de la renta 2020 tras el ERTE?

En primer lugar, hay que tener en cuenta que la entidad que ingresa el abono correspondiente al plan de pensiones también se considera un nuevo pagador. Por tanto, serán de aplicación los mismos límites explicados anteriormente de 22.000 € y 14.000 € respectivamente en función de si se tengan uno o dos pagadores.

¿Afecta el ERTE a mi deducción por maternidad?

Sí. Para percibir la ayuda a la maternidad es requisito imprescindible que la madre realice una actividad por cuenta propia o ajena y esté dada de alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social. Al estar en situación de ERTE no se considera que la madre esté realizando esta actividad laboral. Esto quiere decir que si una mujer ha estado 3 meses en ERTE, perderá el derecho a la deducción por maternidad de ese periodo.